
Para reglamentar el ejercicio de nuestra profesión en Puerto Rico se firma la Ley del 3 de junio de 1983 Núm. 77. En dicha ley define las profesiones de patología del habla lenguaje, terapista del habla lenguaje y audiólogos, como profesionales de la salud. Crea la Junta Examinadora y le otorga la función de ofrecer un examen de reválida como una prueba clasificatoria para la otorgación de licencias profesionales.